Situación personal

Vender coche tras divorcio: bienes gananciales y separación

Vender un coche tras un divorcio depende del régimen matrimonial y del estado del procedimiento. Si era ganancial, ambos cónyuges deben firmar; si está adjudicado a uno por convenio o sentencia, solo ese firma. Te explicamos cada caso.

Régimen económico matrimonial

En España, los matrimonios pueden ser de bienes gananciales (los coches comprados durante el matrimonio son de los dos), separación de bienes (cada uno con lo suyo) o participación. Lo primero es saber bajo qué régimen estabas casado.

Bienes gananciales: ambos cónyuges deben firmar

Si el coche es ganancial, hasta que no se liquide la sociedad de gananciales o el convenio adjudique el coche a uno de los dos, ambos deben firmar la venta. Si uno se niega, la operación se bloquea hasta resolución judicial.

Separación de bienes: solo firma el titular

Si comprasteis con régimen de separación, el coche pertenece a quien figure como titular registral en la DGT. Esa persona puede vender libremente.

Adjudicación en convenio regulador o sentencia

Si el divorcio ya está formalizado y el coche está adjudicado a uno por convenio o sentencia firme, solo esa persona firma. La sentencia/convenio se aporta como justificante al cambio de nombre.

Coche con cargas + divorcio en curso

Caso complicado pero habitual. Si hay reserva de dominio y divorcio contencioso pendiente, hay que coordinar la cancelación de la carga con el reparto judicial. Nuestra abogada interviene en estos casos.

Cuándo vender antes del divorcio firme

Si los dos cónyuges están de acuerdo y firman, se puede vender antes de la sentencia. El dinero se reparte según pacto. Es la vía más rápida si hay urgencia financiera.

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En estos casos delicados, te asesoramos sin compromiso. Por WhatsApp con prioridad.

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