Coche con embargo judicial: te lo compramos legalmente
Embargo dictado por un juzgado civil — habitualmente por demanda de cantidad, divorcio contencioso, ejecución de sentencia o reclamación entre particulares. Lo gestionamos vía juzgado, pagamos al ejecutante y conseguimos el alzamiento.
- Procedimiento legal con escrito al juzgado.
- Pago al ejecutante y obtención del alzamiento.
- Coordinación con tu abogado o procurador.
- Plazo medio: 5-15 días según juzgado.
Cuándo aparece un embargo judicial
El embargo judicial es la traba que dicta un juzgado civil — habitualmente, una ejecución de sentencia o una medida cautelar. Las causas más frecuentes:
- Demanda de cantidad por un acreedor particular o profesional.
- Divorcio contencioso con disputa sobre bienes gananciales.
- Reclamación de pensiones impagadas.
- Indemnizaciones por accidente o daños y perjuicios.
- Sentencia firme no cumplida voluntariamente.
Cómo lo gestionamos
- Solicitamos al juzgado la cuantía exacta del importe ejecutado y los costes.
- Coordinamos con tu abogado/procurador, si lo tienes.
- Pagamos al ejecutante a través de la cuenta del juzgado.
- Solicitamos el auto de alzamiento del embargo.
- Presentamos el auto en Tráfico para limpiar la nota.
Cuánto pagamos
40-60 % del valor de mercado, según el estado del expediente. Si la sentencia ya es firme y la cuantía está líquida, vamos más rápido.
Preguntas frecuentes
¿Es necesario un abogado?
Coordinamos con el tuyo si lo tienes; si no, actuamos con tu autorización mediante procurador colaborador.
¿Qué pasa si el coche es bien ganancial en un divorcio?
Necesitamos el consentimiento de ambos cónyuges o el auto del juzgado.
¿Y si la sentencia aún no es firme?
Podemos comprar igualmente, pero el plazo es mayor.
¿Cuánto tarda el alzamiento?
5-15 días según juzgado.